Cómo se calcula esta estimación
Primero tu empresa descuenta de tu sueldo bruto las cotizaciones al INPS: un 9,19% para tu pensión, más un 1% sobre la parte del sueldo que supera 56.224 € al año, hasta un tope de 122.295 €. Estas cotizaciones no tributan, así que el IRPEF se calcula sobre lo que queda.
Del IRPEF se resta la deducción por trabajo por cuenta ajena (detrazione per lavoro dipendente), de hasta 1.955 €, que desaparece al llegar a 50.000 €, y una deducción adicional de hasta 1.000 € para ingresos entre 20.000 € y 40.000 €. Con ingresos de hasta 20.000 € recibes en su lugar un importe exento además del sueldo, y con ingresos más bajos puedes cobrar el trattamento integrativo, de hasta 1.200 € al año.
Después vienen los recargos regional y municipal (addizionali), que dependen de dónde vivas a 1 de enero. Tu empresa retiene la mayor parte al año siguiente, pero esta estimación los cuenta en el año al que corresponden.
Tramos del IRPEF en 2026
Desde 2026 el segundo tipo es del 33% (Legge 199/2025).
| Base imponible anual | Tipo |
|---|---|
| Hasta 28.000 € | 23% |
| De 28.000 € a 50.000 € | 33% |
| Más de 50.000 € | 43% |
Con 28.000 € de base imponible, el impuesto antes de deducciones es de 6.440 €. Con 50.000 € es de 13.700 €, más un 43% de lo que supere esa cifra.
Recargos regional y municipal
Cada región fija su propio recargo (addizionale regionale), entre el 0,7% y el 3,63% en 2026, y algunas eximen los ingresos más bajos. Solo pagas los recargos si te queda IRPEF por pagar después de las deducciones.
El tipo municipal (addizionale comunale) varía según el comune. En Milán es del 0,8% de la base imponible, sin recargo hasta 23.000 €. Cada comune tiene hasta el 20 de diciembre para publicar su tipo del año; hasta entonces se aplica el del año anterior. Para las ciudades de esta calculadora, los últimos tipos publicados son los de 2025.
El régimen impatriati en 2026
Si trasladas tu residencia fiscal a Italia para trabajar, solo tributa el 50% de tus rendimientos del trabajo, o el 40% si te mudas con un hijo menor de edad o nace o adoptas uno mientras dura el régimen. Cubre hasta 600.000 € de ingresos al año y dura 5 años, a partir del año en que te trasladas.
El régimen es una exención fiscal. La ley no prevé ninguna reducción de las cotizaciones al INPS, así que esta estimación aplica el INPS sobre el sueldo completo. Tu empresa puede aplicar el régimen en tu nómina.
Requisitos principales
- No fuiste residente fiscal en Italia en los 3 periodos impositivos anteriores al traslado. Si sigues trabajando para la empresa o el grupo para el que trabajabas en el extranjero, son 6 años, o 7 si antes de irte trabajaste para ella en Italia.
- Mantienes la residencia fiscal en Italia al menos 4 años. Si te vas antes, se recupera el impuesto ahorrado con intereses.
- Trabajas en Italia la mayor parte de cada periodo impositivo.
- Tienes una alta cualificación o especialización, o te has dedicado a la investigación en inteligencia artificial.
Quienes se trasladaron antes de 2024 pueden seguir en el régimen anterior, que tiene otras normas y no se incluye aquí.
Autónomos: regime forfettario o régimen ordinario
La mayoría de los autónomos que facturan hasta 85.000 € al año usan el regime forfettario. Tu base imponible es tu facturación multiplicada por un coeficiente que depende de la actividad: 78% para servicios profesionales, técnicos y científicos, 67% para informática y la mayoría de las demás actividades. Después de restar el INPS, pagas un impuesto único del 15% en lugar del IRPEF y los recargos, o del 5% en los primeros 5 años de una actividad nueva.
El régimen deja de aplicarse el año en que tu facturación supera 100.000 €. No pueden usarlo quienes ganaron más de 35.000 € como asalariados el año anterior ni quienes trabajan sobre todo para un empleador actual o reciente.
En el régimen ordinario pagas el IRPEF y los recargos sobre tu beneficio después del INPS, con una deducción por trabajo autónomo de hasta 1.265 €.
Los profesionales sin caja de pensiones propia pagan el 26,07% de sus ingresos a la Gestione separata del INPS, sobre unos ingresos de hasta 122.295 €.
Qué no incluye esta estimación
- Deducciones por cónyuge o hijos, y ayudas regionales o municipales por familiares a cargo.
- Fondos complementarios de pensiones y de salud, y otros descuentos de tu nómina.
- Cotizaciones adicionales al INPS que se aplican en algunos sectores y a algunas empresas.
- La indemnización por fin de relación laboral (TFR), que tu empresa reserva además de tu sueldo.
- Empezar o dejar el trabajo a mitad de año.
- Para autónomos: el IVA, el IRAP y las cajas de pensiones profesionales (casse professionali).
- Todo lo que se ajusta después en la declaración de la renta, como los gastos médicos o los intereses de la hipoteca.
Tu empresa paga además su propia parte del INPS sobre tu sueldo bruto. No se descuenta de tu sueldo.