Buscar trabajo estando contratado en España
Sí, en España puedes buscar otro trabajo estando contratado y no encontramos ninguna norma que te obligue a avisar a tu empresa. Lo que sí cuenta es el preaviso al dimitir, que fija tu convenio colectivo o la costumbre del lugar, y los pactos de plena dedicación o no competencia de tu contrato. Revisa ambos antes de aceptar una oferta.
Buscar empleo mientras trabajas es legal en España. Lo que conviene revisar es el preaviso de tu convenio, los pactos de tu contrato y cuándo decírselo a la empresa.
En este artículo
Buscar otro trabajo mientras tienes uno es habitual y legal en España. Este texto recoge lo que dice el Estatuto de los Trabajadores sobre el preaviso, la dedicación a un solo empresario y los permisos para buscar empleo.
No es asesoramiento jurídico. Tu convenio colectivo y tu contrato concretan casi todo.
¿Puedo buscar otro trabajo si ya tengo contrato?
Sí. No encontramos ninguna norma que prohíba enviar un CV o ir a entrevistas mientras tienes contrato. Lo que el Estatuto regula es otra cosa: cuándo dos empleos a la vez son un problema.
El artículo 21 dice que no se puede trabajar para varios empresarios cuando se estime concurrencia desleal o cuando se haya pactado la plena dedicación con una compensación económica expresa. Si tu contrato incluye uno de esos pactos, léelo antes de firmar con otra empresa. Si solo estás buscando, no hay nada que incumplir.
¿Tengo que decírselo a mi empresa?
No encontramos ninguna fuente que lo exija. El momento en que sí tienes que hablar con tu empresa es al dimitir, y entonces cuenta el preaviso.
Una precaución práctica, que no es un dato legal: haz la búsqueda con tu correo y tu equipo personales, porque tu empresa puede tener sus propias normas sobre sus dispositivos.
¿Cuánto preaviso tengo que dar al dimitir?
El que marque tu convenio colectivo o la costumbre del lugar. El artículo 49.1.d del Estatuto prevé la dimisión del trabajador con ese preaviso y no fija una cifra. La página de la Administración General del Estado dice lo mismo.
Por eso la primera comprobación es tu convenio. Allí verás el plazo, que cambia según el sector. Cuando recibas una oferta, no confirmes una fecha de incorporación antes de calcular cuándo terminaría tu preaviso.
¿Qué le digo a la nueva empresa sobre mi fecha de incorporación?
Dile cuándo puedes incorporarte según tu preaviso, no cuándo te gustaría. Si el plazo de tu convenio es más largo de lo que la nueva empresa esperaba, es mejor saberlo antes de firmar.
Si quieres acortar el plazo, pídelo a tu empresa y deja el acuerdo por escrito. Sin ese acuerdo, el preaviso sigue siendo el que marca el convenio.
¿Me pueden prohibir trabajar en la competencia después?
Solo con un pacto de no competencia, y la ley le pone límites. Según el artículo 21.2, ese pacto no puede durar más de seis meses para los trabajadores en general ni más de dos años para los técnicos. Solo es válido si la empresa tiene un interés industrial o comercial efectivo y te paga una compensación económica adecuada.
Si tu contrato lo incluye y la oferta nueva es de un competidor, enséñaselo a un sindicato o a un abogado laboralista antes de aceptar.
¿Puedo ir a entrevistas en horario de trabajo?
No hay un derecho general. El artículo 53 del Estatuto reconoce una licencia de seis horas semanales, sin pérdida de retribución, para buscar nuevo empleo, pero en el caso de la extinción por causas objetivas, durante el preaviso.
En el resto de situaciones, lo habitual es pedir vacaciones, concertar la entrevista a primera o última hora, o acordar con tu responsable un cambio de horario. Tu convenio puede recoger permisos que no hemos revisado.
¿Es distinto buscar trabajo estando en paro?
La candidatura es la misma. En ambos casos conviene adaptar tu CV a una oferta de empleo y no mandar el mismo documento a todas. Lo que cambia es la incorporación: en paro puedes empezar antes, y si sigues contratado depende del preaviso.
Si tienes que indicar cuándo podrías empezar, una línea en la carta de presentación basta.
Qué hacer a continuación
- Lee en tu contrato y en tu convenio el preaviso y los pactos de dedicación o no competencia.
- Busca desde tu correo y tu equipo personales.
- Pide las entrevistas a primera o última hora, o reserva vacaciones.
- Con una oferta en mano, acuerda una fecha de incorporación compatible con tu preaviso.
- Comunica la dimisión por escrito cuando la oferta esté confirmada por escrito.
¿Necesitas un CV para cada oferta?
CVTailor lee la oferta y te muestra en el informe de encaje qué palabras clave de la oferta faltan en tu CV. Puedes editarlo todo antes de descargar el PDF.
Preguntas frecuentes
¿Puedo ir a una entrevista de trabajo en horario laboral?
No como derecho general. El Estatuto de los Trabajadores solo reconoce seis horas semanales retribuidas para buscar empleo durante el preaviso de un despido por causas objetivas. En otros casos toca pedir vacaciones, un permiso o un cambio de horario que acordéis.
¿Cuántos días de preaviso tengo que dar si dimito?
La ley no da una cifra. El artículo 49.1.d del Estatuto remite al preaviso que señalen los convenios colectivos o la costumbre del lugar, así que el plazo está en tu convenio.
¿Puedo trabajar para dos empresas a la vez?
Sí, salvo que haya concurrencia desleal o que hayáis pactado la plena dedicación con una compensación económica expresa. Mira tu contrato antes de firmar con otra empresa.
¿Cambia algo la candidatura si estoy en paro?
No en lo esencial. Adaptas el CV a cada oferta igual. La diferencia práctica es la fecha de incorporación, que depende del preaviso si sigues contratado.
Fuentes
- El Estatuto de los Trabajadores prevé en el artículo 49.1.d la dimisión con el preaviso que señalen los convenios colectivos o la costumbre del lugar. El artículo 21 excluye trabajar para varios empresarios si hay concurrencia desleal o plena dedicación pactada con compensación, y limita el pacto de no competencia posterior a seis meses (dos años para técnicos). El artículo 53 reconoce seis horas semanales retribuidas para buscar empleo durante el preaviso de una extinción por causas objetivas. BOE, Estatuto de los Trabajadores
- La Administración General del Estado lista la dimisión del trabajador entre las causas de extinción del contrato, con el preaviso que señalen los convenios colectivos o la costumbre del lugar, y no fija una cifra. administracion.gob.es